Orden de 17 de diciembre de 1997 por la que se regula el régimen de equivalencias delos estudios del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte con los españoles de niveles no universitarios correspondientes a la nueva ordenación del sistema educativo.
La convalidación de estudios y la homologación de certificados, títulos odiplomas obtenidos conforme a sistema educativo de Inglaterra, Gales e Irlanda del Norte por los correspondientes españoles de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato se regirá por la siguiente tabla de equivalencia:
Los alumnos que se hubieran incorporado al sistema educativo del Reino Unido una vez superada en su totalidad la Educación Secundaria obligatoria y se reincorporen al sistema educativo español, podrán regirse, indistintamente, bien por la tabla de equivalencias anterior o bien por la siguiente tabla:
Tabla de equivalencias aplicables a los alumnos procedentes del sistema educativo español
- Cada materia del General Certificate of Secondary Education (GCSE) puede sustituirse por una materia de nivel avanzado suplementario (AS). Cada materia de nivel avanzado del General Certificate of Education (GCE) puede sustituirse por dos materias de nivel avanzado suplementario.
- Para la convalidación por cualquiera de los cursos primero y segundo de Bachillerato se deberá acreditar que al menos dos de las materias del General Certificate of Secondary Education (GCSE) corresponden a asignaturas básicas u obligatorias ("core subjects") del sistema educativo británico: Matemáticas, Ingles, Ciencias -Biología, Física, Química-. A estos efectos será igualmente computable la materia de Lengua Española.
- Las calificaciones oficiales válidas para acreditar la superación de las materias del General Certificate of Secondary Education (GCSE) son A, B y C.
- Las calificaciones oficiales válidas para acreditar la superación de las materias de nivel avanzado -nivel avanzado suplementario- serán A, B, C, D y E.